Labor Parlamentaria
I.- PODER EJECUTIVO:
- Mensaje y Proyecto de Ley del P.E.P.: Modificar el artículo 174 bis del Código Fiscal de la Provincia de Salta (Decreto Ley Nº 9/75 y sus modificatorias), modificado por Ley 7.305 y otorgar un nuevo plazo para el acogimiento al régimen especial y transitorio de regularización de deudas tributarias previstas en la Ley 7.422. Se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.595/07.
II.-
1- Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 16.879, Fracción C, de la localidad Tartagal, departamento General San Martín, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes. El autor del proyecto es el diputado Julio De Vita del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-17.173/06.
2- Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Modificar el Decreto Ley 15/75, Caja de Seguridad Social para Abogados y Procuradores. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Se analiza en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 91-16.528/06.
3- Proyecto de Ley: Modificar el inciso a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. El autor del proyecto es el diputado Antonio Marocco del bloque Frente para la Victoria. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.480/07.
4- Proyecto de Ley: Derogar la Resolución Nº 25/81 de Jefatura de Policía y toda normativa legal o administrativa y sus modificaciones, y créase en el marco de la Ley provincial Nº 7.039 (art. 2º, inc b; art. 14, inc c y cc) “El Régimen de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Conflicto”. Su autora es la diputada Nora Giménez del monobloque Eva Perón. El proyecto se analiza en las comisiones de Derechos Humanos; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.113/06.
5- Proyecto de Ley -en revisión: Creación del Colegio Profesional de Podólogos de Salta. Este proyecto ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Legislación General y Salud. Expte. Nº: 90-16.567/06.
6- Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial permita participar en el llamado a concurso de cargos del Estado Provincial, a todos los empleados excedentes que pertenecieron a planta permanente de la Administración Pública Provincial. La autora del proyecto es la diputada Fanny Velarde del bloque Re-innovador. Se analiza en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 91-18.486/07.
7- Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 706, Sección A, Manzana 8, Parcela 5, ubicado en la localidad de San Carlos, conocido como la Casa Radich para ser destinado al funcionamiento del Museo Municipal. Ingresó en el cupo del bloque justicialista. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.338/07.
BREVES FUNDAMENTOS:
1- El Proyecto de Ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble de Tartagal, departamento San Martín, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes; pretende regularizar la situación dominial de muchas familias que ocupan y viven en una fracción de la Finca “Yariguarendá” del dpto. San Martín. Debido a la cercanía con el núcleo urbano de la ciudad de Tartagal, y siendo este el lugar natural de expansión de la zona urbana, es que durante el ultimo tiempo surgieron una series de emplazamientos que configuran verdaderos barrios, integrados en su mayoría por familias aborígenes de distintas etnia y comunidades criollas (Barrios El Milagro -comunidad indígena-; Comunidad San Roque; Comunidad San Roquito; Santuario San Roquito; Centro Cultural Étnico y Turístico; Apoyo del Pueblo Guaraní Asociación Indígena San Francisco Solano; La Loma; Comunidad 9 de Julio; Etnia Guaraní; Cofradía San Roquito – paraje cuña muerta-; Comunidad Yariguarendá; Comunidad La Loma; Barrios Belgrano, San Francisco Solano, El Milagrito. La escasez de recursos económicos de los eventuales beneficiarios, la naturaleza social del problema y la situación de emergencia que es de publico conocimiento, hace indispensable la participación del Estado provincial en la solución de esta situación que afecta a tantas familias de salteños, ya que la regularización dominial de los actuales ocupantes permitirá el acceso a lo que es un derecho Constitucional de todos los salteños, como lo es el derecho a la vivienda propia y a condiciones de vida digna.
3- El Proyecto de Ley por el cual se realizan modificaciones al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales; cita en sus fundamentos el art. 34 inc. a), del Anexo I, del decreto 2837 dictado en virtud de lo establecido en el art. 6º de la Ley 6834 que autoriza al Gobernador provincial a dictar el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales y considera que el artículo establece como sujeto pasivo de la prestación de agua y cloacas a “los baldíos que no estuviesen conectados”; que esta prerrogativa es superior a la de los otros servicios públicos, violando en forma clara un principio de igualdad y el derecho de propiedad amparado tanto por la Constitución Nacional como la Provincial. Asimismo, señala que esta norma crea un tributo “Sui Generis” que hasta ahora era desconocido, una zona gris entre un impuesto y una contribución por mejoras y que con igual criterio sería viable que cada Municipalidad de la Provincia cobrara a la empresa prestadora el uso de la vía pública; por lo tanto es necesario dar una solución a los propietarios de terrenos baldíos que están sufriendo intimaciones y ejecuciones por parte de la prestadora por deudas de un servicio que no utilizaron y por el solo hecho de gozar, al decir de la empresa, de la disponibilidad del servicio y que se resume en el hecho de que la red de agua pase por la vereda de los baldíos. Según los fundamentos, otorgar carácter retroactivo a la presente ley sería otorgarle un equilibrio y reestablecer la igualdad a las relaciones entre usuario y prestador.
4- El Proyecto de Ley para derogar la Resolución Nº 25/81 de Jefatura de Policía y toda normativa legal o administrativa y sus modificaciones, y crear en el marco de la Ley Provincial Nº 7.039 “El Régimen de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Conflicto”; tiene como objetivo fundamental la adecuación de la intervención respecto de menores infractores o presuntos infractores de la ley penal a los lineamientos de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños, conforme la doctrina de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (“Reglas de Beijing”); a las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (“Directrices de Riad”); a las Reglas de Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad; a la Ley Provincial Nº 7.039 de Protección de la Niñez y Adolescencia y a la Ley Nacional Nº 26.061. Reivindicando la concepción del niño como sujeto de derecho, este reconocimiento los ha convertido en titulares de los derechos y garantías reconocidos a los adultos y la consiguiente obligación que tiene el estado de garantizarlos, más aquellos específicos inherentes a su condición de personas en una etapa de desarrollo, que requiere de una mayor protección a sus derechos y garantías fundamentales; los cuales habían sido vulnerado durante décadas por el derogado Régimen de Patronato de Menores, ya que está en juego el desarrollo de sus potencialidades por lo que es un sujeto de derechos especialísimo, por ende cualquier injerencia indebida a sus derechos afectará su vida actual pero también marcará sus futuras posibilidades de alcanzar su plena autonomía. La intervención que se prevé desde este régimen está dirigida a un sector de la población caracterizada por su vulnerabilidad, el propósito es la reducción de dicha vulnerabilidad con el objeto de que los menores alojados en los “Centros de Contención y Sociabilización de Niños, Niñas y Adolescentes en Conflictos” puedan desarrollar su capacidades para la formular y sostener proyectos de vida; propiciando un espacio donde ellos desplieguen sus singularidades y además puedan reflexionar acerca de sus actos y responsabilizarse por los mismos, todo ello tendiente a una futura participación social responsable de los mismos. Teniendo presente que la situación actual de los niños niñas y adolescentes compromete el futuro de nuestra provincia.
NOTA: Estimados/as colegas, para acceder a cada uno de los proyectos pueden ingresar a www.camdipsalta.gov.ar al link Información Legislativa, allí se encuentra un link denominado Acta de Labor Parlamentaria, al ingresar allí se puede acceder a cada uno de los proyectos clikeando su número de expediente.
Viernes 29 de junio de 2007
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