Labor Parlamentaria
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 26 de agosto con el siguiente orden:
I- Proyectos de Declaración y/o Resolución.
DIPUTADOS:
1. Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Autorizar al P.E.P. a transferir en carácter de donación a favor de la municipalidad de Cachi, los inmuebles de propiedad de la Provincia identificados con las matrículas Nº 445, 446, 448, 449, 2.290, 447 y 2.115 todos de la localidad Cachi, destinado al funcionamiento del citado municipio. Este proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-20.086/08.
2. Proyecto de Ley: Se establece a nivel provincial las exigencias para la imposición de Nombres a Instituciones y Lugares Públicos. La autora del proyecto es la diputada Fani Ceballos del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Cultura y Deporte y Legislación General. Expte. Nº: 91-19.824/08.
3. Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la matrícula 99.687 con destino a la regularización dominial del Centro Vecinal de Villa Chartas. El proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Su autor es el diputado Santiago Godoy del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-19.368/07.
4. Proyecto de Ley: Declarar de interés público y sujeto a expropiación el terreno de 1 Ha. 2.958,40 m2 con las viviendas allí existentes y en el estado que se encuentran, identificado con matrícula Nº 9.375, Finca San Isidro, propiedad actualmente de la firma EMAISA S.A. en la localidad Campo Santo, departamento General Güemes. El autor del proyecto es el diputado Marcelo Lazarte del Nuevo Bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-20.144/08.
BREVES FUNDAMENTOS:
2- El proyecto de ley para establecer a nivel provincial las exigencias básicas para la imposición de nombres a instituciones y lugares o espacios públicos; sostiene que el rico patrimonio histórico de nuestro país y provincia exige el reconocimiento y evocación de todos, situación que se incentiva desde la acción educativa. Así, las calles, avenidas, hospitales, barrios o diversas instituciones llevan nombres que enorgullecen a una comunidad. Sin embargo, en los últimos tiempos asistimos a la imposición de nombres de personajes que, lejos de ser un ejemplo para la posteridad, tienen antecedentes negativos o una trayectoria de vida que es rechazada por la comunidad local, regional o zonal; y sólo responden a sectarismos políticos o amiguismos poco recomendables o a la ligereza de una sociedad poco afecta a profundizar en los méritos y cualidades de sus miembros, procediendo con inusitada premura en las adjudicaciones de los podios a la memoria de los probos, o quitando del plinto a los que la ciudadanía había consagrado, reemplazándolos por otros. Así, por ejemplo, la Ordenanza Municipal N° 2.968 aprobada por el Concejo Deliberante de la ciudad de la Rioja cambió el nombre de la Avenida Dr. Narciso Laprida, por el del ex presidente Carlos Saúl Menem, e impuso el nombre del ex senador Eduardo Menem y del actual legislador Luis Beder Herrera, a sendos barrios de la ciudad, con total olvido que son edificaciones o espacios públicos. También en nuestra ciudad ocurren casos similares con escuelas, calles, hospitales o instituciones de envergadura cultural, cuya imposición de nombre obedece a motivaciones parciales o a una clara filiación política. Las jóvenes generaciones requieren ejemplos y no anti-héroes en los cuales reflejarse, por lo que hay que ser cuidadosos y con exigencias mínimas a la hora de la selección de los nombres o hechos que se evocarán.
3- El proyecto de ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble con destino a la regularización dominial del Centro Vecinal de Villa Chartas; estipula en sus fundamentos que este inmueble es actualmente la sede de dicho centro vecinal, una entidad que cumple con numerosas actividades en el ámbito de su barrio. Originalmente este terreno formaba un canal que con el correr de los años se eliminó y paso a ser apto para su uso. En el año 1987 las autoridades del centro vecinal lograron -por parte de la municipalidad- la donación del terreno, pero al querer concretarse en forma legal surgió que el mismo no se encontraba bajo el patrimonio del Estado. Por el análisis de los antecedentes, el mismo queda registrado bajo el nombre de los antiguos dueños de la zona y entonces el centro vecinal pretende prescribirlo, lo que le es negado por el escaso tiempo de ocupación. A la fecha la situación del terreno es que el centro vecinal no obtiene su dominio, habiendo tratado de encontrar a los sucesores de aquellos propietarios.
4- El proyecto de ley para declarar de interés público y sujeto a expropiación un terreno en la localidad de Campo Santo –Gral. Güemes- con las viviendas allí existentes y en el estado que se encuentran; tiene como finalidad fundamental lograr que los actuales ocupantes de las viviendas enclavadas en el citado terreno pasen a ser de propiedad definitiva de los mismos; haciendo notar que un gran número de sus ocupantes nacieron en dichas casas. En los fundamentos también se estipula que dicho predio ya tiene los estudios, mensuras, calles y/ o pasajes realizados oportunamente por el organismo correspondiente; como así también el relevamiento integral que se encomendaba por el articulo 1° del Decreto N° 4875 del 23/12/1998 a efectuar por parte del Programa Familia Propietaria. Con esta futura ley queremos salvar un error involuntario inicial, en oportunidad de la donación que la empresa EMAISA S.A. hiciera al Gobierno de la Provincia, donde se omitió incluir el catastro N° 9375, correspondiente a la parcela de terreno con las viviendas que se pretende expropiar.
Viernes 22 de agosto de 2008
www.camdipsalta.gov.ar
I- Proyectos de Declaración y/o Resolución.
DIPUTADOS:
1. Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Autorizar al P.E.P. a transferir en carácter de donación a favor de la municipalidad de Cachi, los inmuebles de propiedad de la Provincia identificados con las matrículas Nº 445, 446, 448, 449, 2.290, 447 y 2.115 todos de la localidad Cachi, destinado al funcionamiento del citado municipio. Este proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-20.086/08.
2. Proyecto de Ley: Se establece a nivel provincial las exigencias para la imposición de Nombres a Instituciones y Lugares Públicos. La autora del proyecto es la diputada Fani Ceballos del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Cultura y Deporte y Legislación General. Expte. Nº: 91-19.824/08.
3. Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la matrícula 99.687 con destino a la regularización dominial del Centro Vecinal de Villa Chartas. El proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Su autor es el diputado Santiago Godoy del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-19.368/07.
4. Proyecto de Ley: Declarar de interés público y sujeto a expropiación el terreno de 1 Ha. 2.958,40 m2 con las viviendas allí existentes y en el estado que se encuentran, identificado con matrícula Nº 9.375, Finca San Isidro, propiedad actualmente de la firma EMAISA S.A. en la localidad Campo Santo, departamento General Güemes. El autor del proyecto es el diputado Marcelo Lazarte del Nuevo Bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-20.144/08.
BREVES FUNDAMENTOS:
2- El proyecto de ley para establecer a nivel provincial las exigencias básicas para la imposición de nombres a instituciones y lugares o espacios públicos; sostiene que el rico patrimonio histórico de nuestro país y provincia exige el reconocimiento y evocación de todos, situación que se incentiva desde la acción educativa. Así, las calles, avenidas, hospitales, barrios o diversas instituciones llevan nombres que enorgullecen a una comunidad. Sin embargo, en los últimos tiempos asistimos a la imposición de nombres de personajes que, lejos de ser un ejemplo para la posteridad, tienen antecedentes negativos o una trayectoria de vida que es rechazada por la comunidad local, regional o zonal; y sólo responden a sectarismos políticos o amiguismos poco recomendables o a la ligereza de una sociedad poco afecta a profundizar en los méritos y cualidades de sus miembros, procediendo con inusitada premura en las adjudicaciones de los podios a la memoria de los probos, o quitando del plinto a los que la ciudadanía había consagrado, reemplazándolos por otros. Así, por ejemplo, la Ordenanza Municipal N° 2.968 aprobada por el Concejo Deliberante de la ciudad de la Rioja cambió el nombre de la Avenida Dr. Narciso Laprida, por el del ex presidente Carlos Saúl Menem, e impuso el nombre del ex senador Eduardo Menem y del actual legislador Luis Beder Herrera, a sendos barrios de la ciudad, con total olvido que son edificaciones o espacios públicos. También en nuestra ciudad ocurren casos similares con escuelas, calles, hospitales o instituciones de envergadura cultural, cuya imposición de nombre obedece a motivaciones parciales o a una clara filiación política. Las jóvenes generaciones requieren ejemplos y no anti-héroes en los cuales reflejarse, por lo que hay que ser cuidadosos y con exigencias mínimas a la hora de la selección de los nombres o hechos que se evocarán.
3- El proyecto de ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble con destino a la regularización dominial del Centro Vecinal de Villa Chartas; estipula en sus fundamentos que este inmueble es actualmente la sede de dicho centro vecinal, una entidad que cumple con numerosas actividades en el ámbito de su barrio. Originalmente este terreno formaba un canal que con el correr de los años se eliminó y paso a ser apto para su uso. En el año 1987 las autoridades del centro vecinal lograron -por parte de la municipalidad- la donación del terreno, pero al querer concretarse en forma legal surgió que el mismo no se encontraba bajo el patrimonio del Estado. Por el análisis de los antecedentes, el mismo queda registrado bajo el nombre de los antiguos dueños de la zona y entonces el centro vecinal pretende prescribirlo, lo que le es negado por el escaso tiempo de ocupación. A la fecha la situación del terreno es que el centro vecinal no obtiene su dominio, habiendo tratado de encontrar a los sucesores de aquellos propietarios.
4- El proyecto de ley para declarar de interés público y sujeto a expropiación un terreno en la localidad de Campo Santo –Gral. Güemes- con las viviendas allí existentes y en el estado que se encuentran; tiene como finalidad fundamental lograr que los actuales ocupantes de las viviendas enclavadas en el citado terreno pasen a ser de propiedad definitiva de los mismos; haciendo notar que un gran número de sus ocupantes nacieron en dichas casas. En los fundamentos también se estipula que dicho predio ya tiene los estudios, mensuras, calles y/ o pasajes realizados oportunamente por el organismo correspondiente; como así también el relevamiento integral que se encomendaba por el articulo 1° del Decreto N° 4875 del 23/12/1998 a efectuar por parte del Programa Familia Propietaria. Con esta futura ley queremos salvar un error involuntario inicial, en oportunidad de la donación que la empresa EMAISA S.A. hiciera al Gobierno de la Provincia, donde se omitió incluir el catastro N° 9375, correspondiente a la parcela de terreno con las viviendas que se pretende expropiar.
Viernes 22 de agosto de 2008
www.camdipsalta.gov.ar
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