viernes, agosto 24, 2007

Labor Parlamentaria

Los presidentes de los bloques políticos remiten al vicepresidente 1º de la Cámara de Diputados, a cargo de la presidencia, Dr. Teodoro Alejandro Bécker, los proyectos para la Sesión Ordinaria del martes 28 de agosto con el siguiente orden:

I- Poder Ejecutivo:

- Proyecto de Ley -en revisión: Declarar de interés provincial la protección de los recursos naturales paisajísticos de la Provincia. Se analiza en la comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Legislación General. Expte. Nº: 90-16.908/06.

II. Proyectos:

1- Proyecto de Ley: Crear el Monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio, en el territorio de la provincia, en el departamento Orán. El proyecto es de autoría del diputado Pablo Kosiner del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.806/07.
2- Proyecto de Ley: Modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. El proyecto pertenece al diputado Antonio Marocco del bloque Frente Para la Victoria. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Bicameral de Reforma del Estado. Expte. Nº: 91-18.480/07.
3- Mensaje y Proyecto de Ley: Declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. El proyecto se estudia en las comisiones de Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-18.772/07.
4- Mensaje Proyecto de Ley: Crear el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto pertenece al diputado Fabián Vittar del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.718/07.
5- Proyecto de Resolución: Solicitar al Ministro de Hacienda y Obras Públicas que informe sobre partidas asignadas para la refacción y mantenimiento edilicio de la escuela “Infantería de Marina” Nº 4.486 del paraje Fortín Dragones, departamento San Martín. El proyecto es de autoría del diputado Armando Leguizamón del monobloque Victoria Popular. Expte. Nº: 91-19.011/07.
6- Proyecto de Ley: Crear un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral de Persona y Familia; y de Instrucción Formal, Correccional y de Garantía con competencia en lo Penal, con asiento en la ciudad de Rosario de la Frontera, dependiente del Distrito Judicial de Sud. La autora del proyecto es la diputada Valeria Orozco del bloque de la Unión Cívica Radical. Se estudia en las comisiones de Legislación General; Justicia; Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-17.134/06.
7- Proyecto de Ley: Derogar la Resolución Nº 25/81 de Jefatura de Policía y toda normativa legal o administrativa y sus modificaciones, y créase en el marco de la Ley provincial Nº 7.039 (art. 2º, inc b; art. 14, inc c y cc) “El Régimen de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Conflicto”. Su autora es la diputada Nora Giménez del monobloque Eva Perón. El proyecto se analiza en las comisiones de Derechos Humanos; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.113/06.


BREVES FUNDAMENTOS:
1. El Proyecto de Ley para crear el monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio en el departamento Orán
; indica en sus fundamentos que se trata de una iniciativa del Lic. José Félix Castellanos, quien presentó la inquietud que nuestra Provincia cuente con un monumento o monolito que indique el cruce del Trópico con la Ruta Nacional Nº 34. Salta es una de las tres provincias argentinas que tienen el privilegio de ser atravesada por dicho Trópico. Aparte de ser el paralelo que indica el solsticio de verano (21 de Diciembre), en distintos lugares del mundo se generan movimientos culturales de diferente índole, incluso pudiendo dar origen a actividades de tipo turístico y educativo.
2. Proyecto de Ley para modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. Visto el art. 34 inc. a), del Anexo I, del decreto 2837 dictado en virtud de lo establecido en el art. 6º de la Ley 6834 que autoriza al Gobernador de la provincia a dictar el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Salta; y considerando que dicho artículo establece como sujeto pasivo de la prestación de agua y cloacas a “los baldíos que no estuviesen conectados” y que esta prerrogativa es superior a la de los otros servicios públicos, violando en forma clara un principio de igualdad y el derecho de propiedad amparado tanto por la Constitución Nacional como la Provincial. Asimismo, se considera que esta norma crea un tributo “Sui Generis” que hasta ahora era desconocido, una zona gris entre un impuesto y una contribución por mejoras y que con igual criterio sería viable que cada Municipalidad de la Provincia cobrara a la empresa prestadora el uso de la vía pública. Se hace necesario dar una solución a los usuarios propietarios de terrenos baldíos que están sufriendo intimaciones y ejecuciones por parte de la prestadora por deudas de un servicio que no utilizaron y por el solo hecho de gozar, al decir de la empresa, de la disponibilidad del servicio que se resume en que la red de agua pase por la vereda de los baldíos.
3. Proyecto de Ley para declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. Este proyecto se propone desde la necesidad de acotar la generación de gasto de dichas empresas, en especial el derivado de la presión tributaria, gasto que no es posible de ser afrontado con recursos genuinos ni con el giro económico ordinario desarrollado por cada una de ellas. En aras de racionalizar la estructura administrativa, se torna necesario que la administración reasuma la gestión de las actividades comerciales objeto de cada una de las Sociedades del Estado anteriormente indicadas. Por otra parte, corresponde sean ratificados todos aquellos actos que el Poder Ejecutivo haya dictado en aras de tender al fin perseguido de la liquidación societaria, en especial aquellos que tuvieron en mira asegurar la extinción total de las obligaciones activas y pasivas de las empresas indicadas, hasta llegar a su finiquito.
4. El Proyecto de Ley por el cual se crea el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto fue aprobado por esta Cámara Legislativa en la sesión del 28-10-2003 y pasó en revisión a la Cámara de Senadores donde caducó. Con frecuencia se observa que pacientes de escasos recursos económicos deambulan por distintas dependencias públicas en la búsqueda de una prótesis o elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas indicados para diferentes patologías de índole traumatológica. Por otro lado, algunos particulares que por diversos motivos ya no los utilizan y desean donarlos a quienes los necesiten desconocen a dónde o a quién entregarlos. Existen en nuestra provincia instituciones de orden público y privado que realizan constantes esfuerzos para recaudar fondos destinados a la compra de prótesis y en muchos casos se desconoce que existen elementos usados disponibles. El Estado provincial debe brindar una solución a esta problemática con la creación de un banco provincial de prótesis, elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas.
5. El Proyecto de Resolución por el cual se solicita al Ministro de Hacienda y Obras Públicas que informe sobre partidas asignadas para la refacción y mantenimiento edilicio de la escuela “Infantería de Marina” Nº 4.486 del paraje Fortín Dragones, departamento San Martín; sostiene en sus fundamentos que la escuela atiende a una importante matrícula de alumnos de EGB 1 – Nivel Inicial, que asisten desde los diferentes parajes a la veda de la ruta Nacional 81 y que actualmente presenta problemas en los techos debido a las filtraciones de agua, por lo que permanentemente se humedecen las paredes, con el riesgo que ello conlleva a la estructura en sí misma, y a la incomodidad para la enseñanza de los niños.
6. El Proyecto de Ley para crear un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral de Persona y Familia; y de Instrucción Formal, Correccional y de Garantía con competencia en lo Penal en Rº de la Frontera; estipula en sus fundamentos que los judiciables residentes en los departamentos de Rosario de la Frontera y La Candelaria deben trasladarse a Metán para que sean atendidas sus causas civiles, penales, de familia y laborales. En algunos casos deben viajar más de 100 kms. Es de sana práctica judicial que la administración de justicia esté cerca o junto a los judiciables, propendiendo a una descentralización del servicio de justicia. No sólo la cantidad de habitantes -más de 50.000- que componen la población de ambos departamentos ameritan la creación de este Tribunal -que por el momento se trata de un solo titular del Juzgado con competencia en todas las materias que no demandará mayores erogaciones- sino por razones de descentralización e inmediación del servicio de justicia con los ciudadanos.
7. El Proyecto de Ley para derogar la Resolución Nº 25/81 de Jefatura de Policía y toda normativa legal o administrativa y sus modificaciones, y crear en el marco de la Ley Provincial Nº 7.039 “El Régimen de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en conflicto”; tiene como objetivo fundamental la adecuación de la intervención respecto de menores infractores o presuntos infractores de la ley penal a los lineamientos de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños, conforme la doctrina de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (“Reglas de Beijing”); a las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (“Directrices de Riad”); a las Reglas de Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad; a la Ley Provincial Nº 7.039 de Protección de la Niñez y Adolescencia y a la Ley Nacional Nº 26.061. Reivindicando la concepción del niño como sujeto de derecho, este reconocimiento los ha convertido en titulares de los derechos y garantías reconocidos a los adultos y la consiguiente obligación que tiene el Estado de garantizarlos, más aquellos específicos inherentes a su condición de personas en una etapa de desarrollo, que requiere de una mayor protección a sus derechos y garantías fundamentales; los cuales habían sido vulnerado durante décadas por el derogado Régimen de Patronato de Menores. La intervención que se prevé tiene el propósito es la reducción de dicha vulnerabilidad con el objeto de que los menores alojados en los “Centros de Contención y Sociabilización de Niños, Niñas y Adolescentes en Conflictos” puedan desarrollar sus capacidades para formular y sostener proyectos de vida.

Viernes 24 de agosto de 2007
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