jueves, noviembre 23, 2006

Proyecto de Ley

Godoy propone la inembargabilidad
de los sueldos de empleados públicos

El proyecto también busca fijar límites a los embargos de remuneraciones superiores al salario mínimo, vital y móvil.

El presidente de la Cámara de Diputados de Salta, Dr. Santiago Godoy, presentó recientemente un Proyecto de Ley para que los sueldos y aguinaldos de los trabajadores estatales de la Provincia sean inembargables. Esto se aplicará a las remuneraciones que no superen el salario mínimo, vital y móvil.
“Los embargos que pueden disponer los jueces sobre los sueldos de los empleados públicos de la Provincia los coloca en una situación de inequidad, puesto que se encuentran excluidos del Régimen de Contrato de Trabajo que rige para los empleados del sector privado”, fundamenta en el proyecto el legislador. Y agrega: “esta desproporción que involucra a miles de agentes estatales es una situación que la legislación provincial puede, sin lugar a dudas, contemplar”.

Límites de embargo

Asimismo, este proyecto busca fijar límites de embargo a los sueldos y/o aguinaldos que sean superiores al salario mínimo, vital y móvil, fijado por el Régimen de Contrato de Trabajo (L.C.T. – T.O. por Decreto Nº 300/76).
Las remuneraciones superiores a ese importe serán embargables de acuerdo a la siguiente proporción: hasta el 10% para los sueldos que no superen el doble del salario mínimo y hasta un 20 % para las retribuciones que si lo hicieren.
Los límites de embargo se aplicarán en el caso de cuotas por alimentos o litis expensas, las que deberán ser fijadas de modo tal que permitan la subsistencia del alimentante.
Entre los fundamentos del proyecto también se señala el Decreto Nacional 484 del año 1987, que ha sido tomado como base para numerosos fallos por la Justicia Civil salteña. La situación de inequidad de los trabajadores estatales no es un tema menor en nuestra provincia, ya que existe una gran cantidad de procesos judiciales ejecutivos, en trámite, contra los empleados públicos. “Esta realidad no se ajusta a la real capacidad del deudor sino que persigue otros intereses, en especial, el de la usura”, sostuvo Godoy.

Jueves 23 de noviembre de 2006
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