Labor Parlamentaria - 10 de diciembre
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria -segunda de prórroga- del miércoles 10 de diciembre con el siguiente orden:
1- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia. El proyecto se estudia en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.837/08.
2- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.838/08.
3- Proyecto de Ley -en revisión: Modificar la Ley 7335 de Elecciones Internas Abiertas y Simultáneas. Este proyecto se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 90-17.962/08.
4- Mensaje y Proyecto de Ley del P. E. P.: Ley de Educación de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Educación; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91- 20.973/08.
5- Mensaje y Proyecto de Ley del P. E. P.: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones que forman parte de los inmuebles de mayor extensión individualizados con las Matrículas Nº 280 y 9.545 del departamento de Rosario de Lerma. El proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91- 21.525/08.
BREVES FUNDAMENTOS
1- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo Provincial para sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia; explicita en sus fundamentos que se pretende adecuar dicho impuesto debido a que diversos municipios de la provincia, a través del dictado de ordenanzas por parte de sus Concejos Deliberantes, fueron supliendo las deficiencias operativas y técnicas que padece este tributo en su normativa dentro del Código Fiscal, muchas veces originadas por su desactualización respecto del progreso evidenciado por el mercado vehicular. Con el presente proyecto se proponen cambios en el Impuesto a los Automotores que permiten mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, modernizando el esquema determinativo del tributo; redefiniendo para ello el concepto de hecho imponible, detallando a los distintos sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo pautas claras en los procesos de altas y bajas de vehículos, como también implementando un nuevo régimen sancionatorio. Este proyecto incorpora nuevas técnicas y herramientas que tienden a mejorar el grado de cumplimiento de los contribuyentes, lo que permite lograr mayores recursos para los municipios de la Provincia de Salta.
2- El proyecto de ley para sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta; procura que dicho impuesto sea más compatible con las actuales condiciones que regulan y se aplican en el sector inmobiliario, a fin de lograr un correcto cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, así como para alcanzar la debida obediencia y aplicación de las normas legales que regulan este tributo. Con el presente proyecto se proponen que permitan mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar los incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, redefiniendo para ello los sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo agentes de retención y de información, con pautas claras y de efectiva aplicación para determinar y mantener actualizado el valor fiscal de las propiedades, creando un esquema armónico de determinación del impuesto a ingresar, como así también implementando un nuevo régimen sancionatorio y de colaboración entre los organismos públicos.
4- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo referido a la Ley de Educación de la Provincia de Salta expresa en su artículo primero que prevé regular el ejercicio de los derechos a enseñar y aprender consagrados por la Constitución Nacional, los tratados internacionales a ella incorporados, la Constitución de la Provincia y los principios establecidos en la presente ley, determinando los fines que orientan la educación en la provincia de Salta, la estructura, organización y el financiamiento del Sistema Educativo Provincial.
5- El proyecto de ley del Ejecutivo Provincial para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones que forman parte de los inmuebles de mayor extensión del departamento de Rosario de Lerma; tiene el propósito de regularizar la situación dominial de los inmuebles que ocupan la Escuela Nº 4.621 “Coronel Juan Antonio Rojas” e instalar un puesto sanitario en el Paraje El Alfarcito, del departamento Rosario de Lerma. Por su parte, el Presbítero Sigfrido Moroder a cargo de la parroquia Santa Rita de Rosario de Lerma, elaboró y presentó al Ministerio de Educación, un proyecto consistente en la creación de un centro educativo de gestión privada de nivel secundario con albergue, destinado a cubrir las necesidades de formación educativa de la población de la Quebrada del Toro y parajes aledaños. Ello, con el fin de evitar el desarraigo de los niños y jóvenes que, a partir de los once años de edad, deben trasladarse a otros centros poblacionales para continuar con su formación y permitirles, además de recibir capacitación, la posibilidad de comercializar los productos que ellos elaboren en el establecimiento. El inmueble en el cual funcionará el centro educativo de gestión privada será donado al Arzobispado de Salta para ser destinado, precisamente, a la construcción del establecimiento educativo y el albergue, con todas sus dependencias, así como talleres de capacitación y un centro de exposición y venta de las mercaderías elaboradas por los alumnos.
Viernes 5 de diciembre de 2008
www.camdipsalta.gov.ar
1- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia. El proyecto se estudia en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.837/08.
2- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.838/08.
3- Proyecto de Ley -en revisión: Modificar la Ley 7335 de Elecciones Internas Abiertas y Simultáneas. Este proyecto se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 90-17.962/08.
4- Mensaje y Proyecto de Ley del P. E. P.: Ley de Educación de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Educación; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91- 20.973/08.
5- Mensaje y Proyecto de Ley del P. E. P.: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones que forman parte de los inmuebles de mayor extensión individualizados con las Matrículas Nº 280 y 9.545 del departamento de Rosario de Lerma. El proyecto se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91- 21.525/08.
BREVES FUNDAMENTOS
1- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo Provincial para sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia; explicita en sus fundamentos que se pretende adecuar dicho impuesto debido a que diversos municipios de la provincia, a través del dictado de ordenanzas por parte de sus Concejos Deliberantes, fueron supliendo las deficiencias operativas y técnicas que padece este tributo en su normativa dentro del Código Fiscal, muchas veces originadas por su desactualización respecto del progreso evidenciado por el mercado vehicular. Con el presente proyecto se proponen cambios en el Impuesto a los Automotores que permiten mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, modernizando el esquema determinativo del tributo; redefiniendo para ello el concepto de hecho imponible, detallando a los distintos sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo pautas claras en los procesos de altas y bajas de vehículos, como también implementando un nuevo régimen sancionatorio. Este proyecto incorpora nuevas técnicas y herramientas que tienden a mejorar el grado de cumplimiento de los contribuyentes, lo que permite lograr mayores recursos para los municipios de la Provincia de Salta.
2- El proyecto de ley para sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta; procura que dicho impuesto sea más compatible con las actuales condiciones que regulan y se aplican en el sector inmobiliario, a fin de lograr un correcto cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, así como para alcanzar la debida obediencia y aplicación de las normas legales que regulan este tributo. Con el presente proyecto se proponen que permitan mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar los incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, redefiniendo para ello los sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo agentes de retención y de información, con pautas claras y de efectiva aplicación para determinar y mantener actualizado el valor fiscal de las propiedades, creando un esquema armónico de determinación del impuesto a ingresar, como así también implementando un nuevo régimen sancionatorio y de colaboración entre los organismos públicos.
4- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo referido a la Ley de Educación de la Provincia de Salta expresa en su artículo primero que prevé regular el ejercicio de los derechos a enseñar y aprender consagrados por la Constitución Nacional, los tratados internacionales a ella incorporados, la Constitución de la Provincia y los principios establecidos en la presente ley, determinando los fines que orientan la educación en la provincia de Salta, la estructura, organización y el financiamiento del Sistema Educativo Provincial.
5- El proyecto de ley del Ejecutivo Provincial para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones que forman parte de los inmuebles de mayor extensión del departamento de Rosario de Lerma; tiene el propósito de regularizar la situación dominial de los inmuebles que ocupan la Escuela Nº 4.621 “Coronel Juan Antonio Rojas” e instalar un puesto sanitario en el Paraje El Alfarcito, del departamento Rosario de Lerma. Por su parte, el Presbítero Sigfrido Moroder a cargo de la parroquia Santa Rita de Rosario de Lerma, elaboró y presentó al Ministerio de Educación, un proyecto consistente en la creación de un centro educativo de gestión privada de nivel secundario con albergue, destinado a cubrir las necesidades de formación educativa de la población de la Quebrada del Toro y parajes aledaños. Ello, con el fin de evitar el desarraigo de los niños y jóvenes que, a partir de los once años de edad, deben trasladarse a otros centros poblacionales para continuar con su formación y permitirles, además de recibir capacitación, la posibilidad de comercializar los productos que ellos elaboren en el establecimiento. El inmueble en el cual funcionará el centro educativo de gestión privada será donado al Arzobispado de Salta para ser destinado, precisamente, a la construcción del establecimiento educativo y el albergue, con todas sus dependencias, así como talleres de capacitación y un centro de exposición y venta de las mercaderías elaboradas por los alumnos.
Viernes 5 de diciembre de 2008
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