Labor Parlamentaria - 2 diciembre
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria – primera de prórroga - del martes 2 de diciembre con el siguiente orden:
I. PODER EJECUTIVO:
1- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia. El proyecto se estudia en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.837/08.
2- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.838/08.
II. SENADO:
1- Proyecto de Ley -en revisión: Modificar la Ley 7335 de Elecciones Internas Abiertas y Simultáneas. Este proyecto se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 90-17.962/08.
2- Proyecto de Ley -en revisión: Regularización de los inmuebles ubicados en la localidad Hickmann, departamento General San Martín, para ser adjudicados en venta a sus actuales ocupantes, Matrículas Nros 26.732, 26.888 y 26.733. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. Nº: 90-17.135/07.
III. DIPUTADOS:
- Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de la Matrícula Nº 145.723, del departamento Capital. La autora del proyecto es la diputada Cristina Lobo del bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-21.353/08.
BREVES FUNDAMENTOS
I- PODER EJECUTIVO
1- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo Provincial para sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia; explicita en sus fundamentos que se pretende adecuar dicho impuesto debido a que diversos municipios de la provincia, a través del dictado de ordenanzas por parte de sus Concejos Deliberantes, fueron supliendo las deficiencias operativas y técnicas que padece este tributo en su normativa dentro del Código Fiscal, muchas veces originadas por su desactualización respecto del progreso evidenciado por el mercado vehicular. Con el presente proyecto se proponen cambios en el Impuesto a los Automotores que permiten mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, modernizando el esquema determinativo del tributo; redefiniendo para ello el concepto de hecho imponible, detallando a los distintos sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo pautas claras en los procesos de altas y bajas de vehículos, como también implementando un nuevo régimen sancionatorio. Este proyecto incorpora nuevas técnicas y herramientas que tienden a mejorar el grado de cumplimiento de los contribuyentes, lo que permite lograr mayores recursos para los municipios de la Provincia de Salta.
2- El proyecto de ley para sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta; procura que dicho impuesto sea más compatible con las actuales condiciones que regulan y se aplican en el sector inmobiliario, a fin de lograr un correcto cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, así como para alcanzar la debida obediencia y aplicación de las normas legales que regulan este tributo. Con el presente proyecto se proponen que permitan mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar los incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, redefiniendo para ello los sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo agentes de retención y de información, con pautas claras y de efectiva aplicación para determinar y mantener actualizado el valor fiscal de las propiedades, creando un esquema armónico de determinación del impuesto a ingresar, como así también implementando un nuevo régimen sancionatorio y de colaboración entre los organismos públicos.
III- DIPUTADOS
El proyecto de ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de la Matrícula Nº 145.723, del departamento Capital; manifiesta en sus fundamentos que con estos terrenos sería posible dar solución habitacional a aproximadamente 267 familias en situación de riesgo socio – sanitario y emergencia habitacional. Es de destacar el crecimiento demográfico que nuestra ciudad presenta según datos estadísticos, siendo necesario dar una respuesta a estas familias que vienen realizando diversas gestiones ante las autoridades competentes, sin obtener una respuesta favorable, generando en las mismas una situación de inequidad y desigualdad social. En el mismo orden de ideas, cabe mencionar que la empresa La Loma S.A. propuso vender los terrenos mencionados a un precio de $ 40 (cuarenta) el metro cuadrado, más el 37 % de impuestos, precio considerado excesivo por todas las fuentes consultadas y ante el pedido por parte de dependencias del Poder Ejecutivo, la empresa se mostró inflexible en el precio.
Viernes 28 de noviembre de 2008
www.camdipsalta.gov.ar
http://prensadiputados.blogspot.com
I. PODER EJECUTIVO:
1- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia. El proyecto se estudia en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.837/08.
2- Mensaje y Proyecto de Ley: Sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta. Se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-20.838/08.
II. SENADO:
1- Proyecto de Ley -en revisión: Modificar la Ley 7335 de Elecciones Internas Abiertas y Simultáneas. Este proyecto se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 90-17.962/08.
2- Proyecto de Ley -en revisión: Regularización de los inmuebles ubicados en la localidad Hickmann, departamento General San Martín, para ser adjudicados en venta a sus actuales ocupantes, Matrículas Nros 26.732, 26.888 y 26.733. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. Nº: 90-17.135/07.
III. DIPUTADOS:
- Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de la Matrícula Nº 145.723, del departamento Capital. La autora del proyecto es la diputada Cristina Lobo del bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-21.353/08.
BREVES FUNDAMENTOS
I- PODER EJECUTIVO
1- El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo Provincial para sustituir el Título Sexto “Impuesto a los Automotores” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia; explicita en sus fundamentos que se pretende adecuar dicho impuesto debido a que diversos municipios de la provincia, a través del dictado de ordenanzas por parte de sus Concejos Deliberantes, fueron supliendo las deficiencias operativas y técnicas que padece este tributo en su normativa dentro del Código Fiscal, muchas veces originadas por su desactualización respecto del progreso evidenciado por el mercado vehicular. Con el presente proyecto se proponen cambios en el Impuesto a los Automotores que permiten mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, modernizando el esquema determinativo del tributo; redefiniendo para ello el concepto de hecho imponible, detallando a los distintos sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo pautas claras en los procesos de altas y bajas de vehículos, como también implementando un nuevo régimen sancionatorio. Este proyecto incorpora nuevas técnicas y herramientas que tienden a mejorar el grado de cumplimiento de los contribuyentes, lo que permite lograr mayores recursos para los municipios de la Provincia de Salta.
2- El proyecto de ley para sustituir el Título Primero “Impuesto Inmobiliario”, del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Fiscal de la Provincia de Salta; procura que dicho impuesto sea más compatible con las actuales condiciones que regulan y se aplican en el sector inmobiliario, a fin de lograr un correcto cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, así como para alcanzar la debida obediencia y aplicación de las normas legales que regulan este tributo. Con el presente proyecto se proponen que permitan mejorar su mecánica de cálculo y liquidación, potenciar los incrementos en la recaudación y mejorar las técnicas de control, redefiniendo para ello los sujetos contribuyentes y/o responsables del impuesto, incorporando nuevos responsables solidarios, estableciendo agentes de retención y de información, con pautas claras y de efectiva aplicación para determinar y mantener actualizado el valor fiscal de las propiedades, creando un esquema armónico de determinación del impuesto a ingresar, como así también implementando un nuevo régimen sancionatorio y de colaboración entre los organismos públicos.
III- DIPUTADOS
El proyecto de ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de la Matrícula Nº 145.723, del departamento Capital; manifiesta en sus fundamentos que con estos terrenos sería posible dar solución habitacional a aproximadamente 267 familias en situación de riesgo socio – sanitario y emergencia habitacional. Es de destacar el crecimiento demográfico que nuestra ciudad presenta según datos estadísticos, siendo necesario dar una respuesta a estas familias que vienen realizando diversas gestiones ante las autoridades competentes, sin obtener una respuesta favorable, generando en las mismas una situación de inequidad y desigualdad social. En el mismo orden de ideas, cabe mencionar que la empresa La Loma S.A. propuso vender los terrenos mencionados a un precio de $ 40 (cuarenta) el metro cuadrado, más el 37 % de impuestos, precio considerado excesivo por todas las fuentes consultadas y ante el pedido por parte de dependencias del Poder Ejecutivo, la empresa se mostró inflexible en el precio.
Viernes 28 de noviembre de 2008
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