Labor Parlamentaria
Los presidentes de los bloques políticos remiten al vicepresidente 1º de la Cámara de Diputados, a cargo de la presidencia, Dr. Teodoro Alejandro Bécker, los proyectos para la Sesión Ordinaria del martes 14 de agosto con el siguiente orden:
Poder Ejecutivo:
- Mensaje y Proyecto del Ley: Declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. El proyecto se estudia en las comisiones de Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.772/07.
Proyectos:
1- Mensaje y Proyecto de Ley del P.E.P.: Crear el Sistema de Información Catastral (SIC). Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91- 16.156/05.
2- Proyecto de Ley: Prohibir la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos bancarios y/ o máquinas expendedoras de dinero de cualquier origen en todas las salas de juego habilitadas en la Provincia y a menos de 100 mts. de distancia de las mismas y modificar la Ley 7.135. El autor del proyecto es el diputado Teodoro Bécker del bloque Renovador de Salta. Se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 91- 18.530/07.
3- Proyecto de Ley: Declarar de interés público la edición y distribución de libros de autores salteños que respondan a los contenidos básicos comunes del sistema educativo vigente o que sean considerados de interés para la comunidad. El proyecto pertenece al diputado José Cabezas del bloque de la Unión Cívica Radical. Se analiza en las comisiones de Legislación General; Educación y Cultura. Expte. Nº: 91-17.639/06.
4- Proyecto de Ley: Modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. El proyecto pertenece al diputado Antonio Marocco del bloque Frente Para la Victoria. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Bicameral de Reforma del Estado. Expte. Nº: 91-18.480/07.
5- Proyecto de Ley: Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional. Los autores del proyecto son los diputados Santiago Godoy, Juan Domingo Aguirre y Margarita Véliz del bloque Justicialista. El proyecto se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.122/06.
6- Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Catastros Nos 71, 76 y 77 del departamento General Güemes para ser destinados a obras de ampliación de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102. El proyecto es del diputado Marcelo Lazarte del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Educación. Expte. Nº: 91-18.535/07.
7- Proyecto de Ley: Crear el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto pertenece al diputado Fabián Vittar del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.718/07.
8- Proyecto de Ley: Crear el Monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio, en el territorio de la provincia, en el departamento Orán. El proyecto es de autoría del diputado Pablo Kosiner del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.806/07.
BREVES FUNDAMENTOS:
Poder Ejecutivo:
- Proyecto de Ley para declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. Este proyecto se propone, la necesidad de acotar la generación de gasto de dichas empresas, en especial el derivado de la presión tributaria, gasto que no es posible de ser afrontado con recursos genuinos ni con el giro económico ordinario desarrollado por cada una de ellas. En aras de racionalizar la estructura administrativa, se torna necesario que la administración reasuma la gestión de las actividades comerciales objeto de cada una de las Sociedades del Estado anteriormente indicadas. Por otra parte, corresponde sean ratificados todos aquellos actos que el Poder Ejecutivo haya dictado en aras de tender al fin perseguido de la liquidación societaria, en especial aquellos que tuvieron en mira asegurar la extinción total de las obligaciones activas y pasivas de las empresas indicadas, hasta llegar a su finiquito.
Proyectos:
1. El Proyecto de Ley que propone crear el Sistema de Información Catastral (SIC), a fin de contribuir a optimizar la utilización de la información catastral de base en toda la Provincia y con relación a los Municipios con positiva incidencia en la administración de los recursos públicos. El mencionado sistema (SIC) -definido en el artículo 1º del presente proyecto- suministrará a la Provincia de una poderosa herramienta para la planificación y administración de los recursos, a través de la confección de una base cartográfica catastral, cuyos datos se integrarán al sistema. A través de la información recibida por medio del SIC, el Estado Provincial y los Municipios podrán revaluar, con precisión, los valores reales unitarios de las parcelas urbanas y rurales de toda la Provincia, lo que incidirá en la Valuación General Inmobiliaria y de Mejoras en beneficio de la recaudación provincial y municipal. Se propone con esta ley lograr la integración entre los diferentes organismos técnicos, empresas de servicios, organizaciones intermedias y municipios, mediante el uso ágil y veraz de la información a fin de alcanzar la equidad en la distribución de las cargas fiscales.
2. El Proyecto de Ley para prohibir la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos bancarios y/ o máquinas expendedoras de dinero de cualquier origen en todas las salas de juego habilitadas en la Provincia; sostiene en sus fundamentos que la ludopatía es un trastorno reconocido como patología por la Organización Mundial de la Salud desde su consideración como una categoría diagnóstica, dentro de los trastornos de los hábitos y del control de los impulsos, incluidos éstos en los trastornos de la personalidad y del comportamiento del adulto, lo que ha supuesto el reconocimiento definitivo como enfermedad por parte de la comunidad científica. Si al reconocimiento de la ludopatía como un problema de salud pública, agregamos la caracterización del “jugador compulsivo” que hace el Instituto de Lotería y Casinos de Buenos Aires, que lo define por su “obsesión por jugar y conseguir dinero para seguir jugando”, no se entiende cómo se permite la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos y/ o máquinas expendedoras de dinero dentro de los propios establecimientos donde se desarrollan estas actividades (loterías, casinos, bingos, hipódromos en general), considerando que con eso se facilita el acceso al dinero necesario para realizar nuevas apuestas, situación completamente perjudicial para las personas vulnerables. Con este proyecto se pretende legislar sobre el problema descrito y, consecuentemente, modificar la situación y evitar que permanezca la realidad en la que se conculca directamente la salud y el patrimonio de quienes concurren a las salas de juego habilitadas. Desde el Poder Público se deben desarrollar actividades de prevención de la ludopatía dirigidas a la población en general, y adoptar medidas para neutralizar los hábitos y conductas patológicas relacionadas con el juego, especialmente en los sectores sociales más vulnerables.
3. Proyecto de Ley por el cual se declara de interés público la edición y distribución de libros de autores salteños que respondan a los contenidos básicos comunes del sistema educativo vigente, o que sean considerados de interés para la comunidad. Dada la significativa y apreciable cantidad de personas de distintas edades que en toda la provincia se dedican al cultivo de las letras, circunstancia que se evidencia en frecuentes encuentros literarios que ya han trascendido los límites provinciales y considerando que el Estado de Salta garantiza “la libertad de expresar y difundir , sin censura previa , sus pensamientos, ideas, opiniones y críticas mediante la palabra oral o escrita “ y que “ todos tienen derecho a la libre producción y creación intelectual, literaria, artística y científica” -(Art. 23 de la Constitución)-; y que el Estado “promueve las manifestaciones culturales, personales o colectivas y aquellas que afirmen el sentido nacional y latinoamericano” -(Art. 52 de la Constitución).
4. Proyecto de Ley para modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. Visto el art. 34 inc. a), del Anexo I, del decreto 2837 dictado en virtud de lo establecido en el art. 6º de la Ley 6834 que autoriza al Gobernador de la provincia a dictar el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Salta; y considerando que dicho artículo establece como sujeto pasivo de la prestación de agua y cloacas a “los baldíos que no estuviesen conectados” y que esta prerrogativa es superior a la de los otros servicios públicos, violando en forma clara un principio de igualdad y el derecho de propiedad amparado tanto por la Constitución Nacional como la Provincial. Asimismo, se considera que esta norma crea un tributo “Sui Generis” que hasta ahora era desconocido, una zona gris entre un impuesto y una contribución por mejoras y que con igual criterio sería viable que cada Municipalidad de la Provincia cobrara a la empresa prestadora el uso de la vía pública. Se hace necesario dar una solución a los usuarios propietarios de terrenos baldíos que están sufriendo intimaciones y ejecuciones por parte de la prestadora por deudas de un servicio que no utilizaron y por el solo hecho de gozar, al decir de la empresa, de la disponibilidad del servicio que se resume en que la red de agua pase por la vereda de los baldíos.
5. El Proyecto de Ley para crear el Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional propone la implementación en la Provincia de Salta de dicho programa con carácter de universalidad, el mismo se enmarca dentro del Plan Alimentario Infantil – Plan de Políticas Públicas “Compromiso Social” 2005/ 2010. Desde el punto de vista nutricional una alimentación insuficiente o de mala calidad para el desarrollo de una vida normal e inadecuada afecta, no sólo a quienes viven en condiciones de extrema pobreza sino también a estratos más amplios y grupos que residen en determinadas zonas o regiones en cada país. La creación de un Programa Provincial de Educación Alimentaría y Nutricional es una iniciativa para crear conciencia sobre las múltiples consecuencias que derivan de la malnutrición y las numerosas patologías que resultan de la misma, así también coordinar y planificar acciones tendientes a la promoción de hábitos alimentarios saludables para prevenir enfermedades y contribuir a mejorar la calidad de vida de la población.
6. Proyecto de Ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles en el departamento de General Güemes, para ser destinados a obras de ampliación de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102; pretende que otorguen los referidos terrenos lindantes en ambos lados de la escuela, a fin de que lo misma pueda lograr a futuro los beneficios de obras de ampliación que hoy resultan imposible, dado que el establecimiento no cuenta con mas espacio para esto y debido al incremento de la población escolar actual se hace necesaria dicha ampliación de manera urgente.
7. El Proyecto de Ley por el cual se crea el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto fue aprobado por esta Cámara Legislativa en la sesión del 28-10-2003 y pasó en revisión a la Cámara de Senadores donde caducó. Con frecuencia se observa que pacientes de escasos recursos económicos deambulan por distintas dependencias públicas en la búsqueda de una prótesis o elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas indicados para diferentes patologías de índole traumatológica. Por otro lado, algunos particulares que por diversos motivos ya no los utilizan y desean donarlos a quienes los necesiten desconocen a dónde o a quién entregarlos. Existen en nuestra provincia instituciones de orden público y privado que realizan constantes esfuerzos para recaudar fondos destinados a la compra de prótesis y en muchos casos se desconoce que existen elementos usados disponibles. El Estado provincial debe brindar una solución a esta problemática con la creación de un banco provincial de prótesis, elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas.
8. El Proyecto de Ley para crear el monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio en el departamento Orán; indica en sus fundamentos que se trata de una iniciativa del Lic. José Félix Castellanos, quien presentó la inquietud que nuestra Provincia cuente con un monumento o monolito que indique el cruce del Trópico con la Ruta Nacional Nº 34. Salta es una de las tres provincias argentinas que tienen el privilegio de ser atravesada por dicho Trópico. Aparte de ser el paralelo que indica el solsticio de verano (21 de Diciembre), en distintos lugares del mundo se generan movimientos culturales de diferente índole, incluso pudiendo dar origen a actividades de tipo turístico y educativo.
Viernes 10 de agosto de 2007
www.camdipsalta.gov.ar
Poder Ejecutivo:
- Mensaje y Proyecto del Ley: Declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. El proyecto se estudia en las comisiones de Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.772/07.
Proyectos:
1- Mensaje y Proyecto de Ley del P.E.P.: Crear el Sistema de Información Catastral (SIC). Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91- 16.156/05.
2- Proyecto de Ley: Prohibir la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos bancarios y/ o máquinas expendedoras de dinero de cualquier origen en todas las salas de juego habilitadas en la Provincia y a menos de 100 mts. de distancia de las mismas y modificar la Ley 7.135. El autor del proyecto es el diputado Teodoro Bécker del bloque Renovador de Salta. Se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 91- 18.530/07.
3- Proyecto de Ley: Declarar de interés público la edición y distribución de libros de autores salteños que respondan a los contenidos básicos comunes del sistema educativo vigente o que sean considerados de interés para la comunidad. El proyecto pertenece al diputado José Cabezas del bloque de la Unión Cívica Radical. Se analiza en las comisiones de Legislación General; Educación y Cultura. Expte. Nº: 91-17.639/06.
4- Proyecto de Ley: Modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. El proyecto pertenece al diputado Antonio Marocco del bloque Frente Para la Victoria. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Bicameral de Reforma del Estado. Expte. Nº: 91-18.480/07.
5- Proyecto de Ley: Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional. Los autores del proyecto son los diputados Santiago Godoy, Juan Domingo Aguirre y Margarita Véliz del bloque Justicialista. El proyecto se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.122/06.
6- Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Catastros Nos 71, 76 y 77 del departamento General Güemes para ser destinados a obras de ampliación de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102. El proyecto es del diputado Marcelo Lazarte del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Educación. Expte. Nº: 91-18.535/07.
7- Proyecto de Ley: Crear el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto pertenece al diputado Fabián Vittar del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.718/07.
8- Proyecto de Ley: Crear el Monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio, en el territorio de la provincia, en el departamento Orán. El proyecto es de autoría del diputado Pablo Kosiner del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.806/07.
BREVES FUNDAMENTOS:
Poder Ejecutivo:
- Proyecto de Ley para declarar la disolución de las empresas Complejo Teleférico Salta; Comité Organizador Pro Estadio de la ciudad de Salta (C.O.P.E.C.S.); Sede Mundial Siglo XXI; y Tomografía Computada, Sociedades del Estado; y autorizar la reasunción por la administración dependiente del PEP de la gestión de las actividades de cada una de las sociedades disueltas, a través de los organismos que se determine. Este proyecto se propone, la necesidad de acotar la generación de gasto de dichas empresas, en especial el derivado de la presión tributaria, gasto que no es posible de ser afrontado con recursos genuinos ni con el giro económico ordinario desarrollado por cada una de ellas. En aras de racionalizar la estructura administrativa, se torna necesario que la administración reasuma la gestión de las actividades comerciales objeto de cada una de las Sociedades del Estado anteriormente indicadas. Por otra parte, corresponde sean ratificados todos aquellos actos que el Poder Ejecutivo haya dictado en aras de tender al fin perseguido de la liquidación societaria, en especial aquellos que tuvieron en mira asegurar la extinción total de las obligaciones activas y pasivas de las empresas indicadas, hasta llegar a su finiquito.
Proyectos:
1. El Proyecto de Ley que propone crear el Sistema de Información Catastral (SIC), a fin de contribuir a optimizar la utilización de la información catastral de base en toda la Provincia y con relación a los Municipios con positiva incidencia en la administración de los recursos públicos. El mencionado sistema (SIC) -definido en el artículo 1º del presente proyecto- suministrará a la Provincia de una poderosa herramienta para la planificación y administración de los recursos, a través de la confección de una base cartográfica catastral, cuyos datos se integrarán al sistema. A través de la información recibida por medio del SIC, el Estado Provincial y los Municipios podrán revaluar, con precisión, los valores reales unitarios de las parcelas urbanas y rurales de toda la Provincia, lo que incidirá en la Valuación General Inmobiliaria y de Mejoras en beneficio de la recaudación provincial y municipal. Se propone con esta ley lograr la integración entre los diferentes organismos técnicos, empresas de servicios, organizaciones intermedias y municipios, mediante el uso ágil y veraz de la información a fin de alcanzar la equidad en la distribución de las cargas fiscales.
2. El Proyecto de Ley para prohibir la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos bancarios y/ o máquinas expendedoras de dinero de cualquier origen en todas las salas de juego habilitadas en la Provincia; sostiene en sus fundamentos que la ludopatía es un trastorno reconocido como patología por la Organización Mundial de la Salud desde su consideración como una categoría diagnóstica, dentro de los trastornos de los hábitos y del control de los impulsos, incluidos éstos en los trastornos de la personalidad y del comportamiento del adulto, lo que ha supuesto el reconocimiento definitivo como enfermedad por parte de la comunidad científica. Si al reconocimiento de la ludopatía como un problema de salud pública, agregamos la caracterización del “jugador compulsivo” que hace el Instituto de Lotería y Casinos de Buenos Aires, que lo define por su “obsesión por jugar y conseguir dinero para seguir jugando”, no se entiende cómo se permite la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos y/ o máquinas expendedoras de dinero dentro de los propios establecimientos donde se desarrollan estas actividades (loterías, casinos, bingos, hipódromos en general), considerando que con eso se facilita el acceso al dinero necesario para realizar nuevas apuestas, situación completamente perjudicial para las personas vulnerables. Con este proyecto se pretende legislar sobre el problema descrito y, consecuentemente, modificar la situación y evitar que permanezca la realidad en la que se conculca directamente la salud y el patrimonio de quienes concurren a las salas de juego habilitadas. Desde el Poder Público se deben desarrollar actividades de prevención de la ludopatía dirigidas a la población en general, y adoptar medidas para neutralizar los hábitos y conductas patológicas relacionadas con el juego, especialmente en los sectores sociales más vulnerables.
3. Proyecto de Ley por el cual se declara de interés público la edición y distribución de libros de autores salteños que respondan a los contenidos básicos comunes del sistema educativo vigente, o que sean considerados de interés para la comunidad. Dada la significativa y apreciable cantidad de personas de distintas edades que en toda la provincia se dedican al cultivo de las letras, circunstancia que se evidencia en frecuentes encuentros literarios que ya han trascendido los límites provinciales y considerando que el Estado de Salta garantiza “la libertad de expresar y difundir , sin censura previa , sus pensamientos, ideas, opiniones y críticas mediante la palabra oral o escrita “ y que “ todos tienen derecho a la libre producción y creación intelectual, literaria, artística y científica” -(Art. 23 de la Constitución)-; y que el Estado “promueve las manifestaciones culturales, personales o colectivas y aquellas que afirmen el sentido nacional y latinoamericano” -(Art. 52 de la Constitución).
4. Proyecto de Ley para modificar el inc. a) del artículo 34 del Anexo I, del Decreto Nº 2.837, referente al marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales. Visto el art. 34 inc. a), del Anexo I, del decreto 2837 dictado en virtud de lo establecido en el art. 6º de la Ley 6834 que autoriza al Gobernador de la provincia a dictar el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Salta; y considerando que dicho artículo establece como sujeto pasivo de la prestación de agua y cloacas a “los baldíos que no estuviesen conectados” y que esta prerrogativa es superior a la de los otros servicios públicos, violando en forma clara un principio de igualdad y el derecho de propiedad amparado tanto por la Constitución Nacional como la Provincial. Asimismo, se considera que esta norma crea un tributo “Sui Generis” que hasta ahora era desconocido, una zona gris entre un impuesto y una contribución por mejoras y que con igual criterio sería viable que cada Municipalidad de la Provincia cobrara a la empresa prestadora el uso de la vía pública. Se hace necesario dar una solución a los usuarios propietarios de terrenos baldíos que están sufriendo intimaciones y ejecuciones por parte de la prestadora por deudas de un servicio que no utilizaron y por el solo hecho de gozar, al decir de la empresa, de la disponibilidad del servicio que se resume en que la red de agua pase por la vereda de los baldíos.
5. El Proyecto de Ley para crear el Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional propone la implementación en la Provincia de Salta de dicho programa con carácter de universalidad, el mismo se enmarca dentro del Plan Alimentario Infantil – Plan de Políticas Públicas “Compromiso Social” 2005/ 2010. Desde el punto de vista nutricional una alimentación insuficiente o de mala calidad para el desarrollo de una vida normal e inadecuada afecta, no sólo a quienes viven en condiciones de extrema pobreza sino también a estratos más amplios y grupos que residen en determinadas zonas o regiones en cada país. La creación de un Programa Provincial de Educación Alimentaría y Nutricional es una iniciativa para crear conciencia sobre las múltiples consecuencias que derivan de la malnutrición y las numerosas patologías que resultan de la misma, así también coordinar y planificar acciones tendientes a la promoción de hábitos alimentarios saludables para prevenir enfermedades y contribuir a mejorar la calidad de vida de la población.
6. Proyecto de Ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles en el departamento de General Güemes, para ser destinados a obras de ampliación de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102; pretende que otorguen los referidos terrenos lindantes en ambos lados de la escuela, a fin de que lo misma pueda lograr a futuro los beneficios de obras de ampliación que hoy resultan imposible, dado que el establecimiento no cuenta con mas espacio para esto y debido al incremento de la población escolar actual se hace necesaria dicha ampliación de manera urgente.
7. El Proyecto de Ley por el cual se crea el Banco de Prótesis, Elementos de Osteosíntesis, Tutores Externos, Ortesis y Férulas, dependiente del Ministerio de Salud Pública. El proyecto fue aprobado por esta Cámara Legislativa en la sesión del 28-10-2003 y pasó en revisión a la Cámara de Senadores donde caducó. Con frecuencia se observa que pacientes de escasos recursos económicos deambulan por distintas dependencias públicas en la búsqueda de una prótesis o elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas indicados para diferentes patologías de índole traumatológica. Por otro lado, algunos particulares que por diversos motivos ya no los utilizan y desean donarlos a quienes los necesiten desconocen a dónde o a quién entregarlos. Existen en nuestra provincia instituciones de orden público y privado que realizan constantes esfuerzos para recaudar fondos destinados a la compra de prótesis y en muchos casos se desconoce que existen elementos usados disponibles. El Estado provincial debe brindar una solución a esta problemática con la creación de un banco provincial de prótesis, elementos de osteosíntesis, tutores externos, ortesis y férulas.
8. El Proyecto de Ley para crear el monumento que indique el cruce del Trópico de Capricornio en el departamento Orán; indica en sus fundamentos que se trata de una iniciativa del Lic. José Félix Castellanos, quien presentó la inquietud que nuestra Provincia cuente con un monumento o monolito que indique el cruce del Trópico con la Ruta Nacional Nº 34. Salta es una de las tres provincias argentinas que tienen el privilegio de ser atravesada por dicho Trópico. Aparte de ser el paralelo que indica el solsticio de verano (21 de Diciembre), en distintos lugares del mundo se generan movimientos culturales de diferente índole, incluso pudiendo dar origen a actividades de tipo turístico y educativo.
Viernes 10 de agosto de 2007
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