martes, julio 24, 2007

Labor Parlamentaria

Los presidentes de los bloques políticos remiten al presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos para la Sesión Ordinaria del martes 24 de julio con el siguiente orden:

I.- PODER EJECUTIVO:
- Mensaje y Proyecto de Ley: Modificar el artículo 3º de la Ley 7.353 que dispuso la creación de los Juzgados Correccionales y de Garantías de Sexta, Séptima y Octava Nominación, del Distrito Judicial del Centro, estableciendo el período de transición. Se analiza en las comisiones de Justicia y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.769/07.

II.-
1- Mensaje y Proyecto de Ley del P.E.P.:
Verificación de Normas Eléctricas. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Cultura. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-18.477/07.
2- Mensaje y Proyecto de Ley del P.E.P.:
Verificación de Normas de Seguridad en Edificios e instalaciones de Uso Público. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Legislación General y Cultura. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-18.478/07.
3- Proyecto de Ley:
Adhiérase la Provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 25.255 por la que se aprueba el Convenio para la prohibición del trabajo Infantil y la acción inmediata para su eliminación. El autor del proyecto es el diputado Guillermo Durand Cornejo del monobloque Independiente. Se estudia en las comisiones de Derechos Humanos y Legislación General. Expte. Nº: 91-18.426/07.
4- Proyecto de Ley:
Transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de La Caldera, el inmueble identificado como Catastro Nº 802, Parcela única, Manzana 50 del barrio Jardín, de dicha localidad, para ser afectado a actividades sociales y deportivas. El autor del proyecto es el diputado Luis Mendaña del bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-16.285/06.
5- Proyecto de Ley:
Crear el Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional. Los autores del proyecto son los diputados Santiago Godoy, Juan D. Aguirre y Margarita Véliz del bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Salud; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.122/06.
6- Proyecto de Ley:
Crear la Cámara del Crimen en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, con asiento en la ciudad del mismo nombre. El autor del proyecto es el diputado Ramón Acosta del monobloque Confluencia Argentina. Se analiza en las comisiones de Justicia; Legislación General y Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-18.541/07.
7- Proyecto de Ley:
Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 16.879, Fracción C de la localidad de Tartagal, departamento General San Martín, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes. El autor del proyecto es el diputado Julio De Vita del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Expte. Nº: 91-17.173/06.


BREVES FUNDAMENTOS:
I.- El Proyecto de Ley que modifica el artículo 3º de la Ley 7.353 que dispuso la creación de los Juzgados Correccionales y de Garantías de Sexta, Séptima y Octava Nominación del Distrito Judicial del Centro, estableciendo el período de transición
; en tal sentido el artículo 3º de la Ley 7.353 fijó en dos años, a contar desde el inicio de sus funciones, el período de transición hasta que dichos juzgados asumieran plenamente la competencia Correccional y de Garantías. El tiempo de transición fijado en la ley fue definido en el entendimiento que su transcurso permitiría eludir las dificultades o impedimentos de gestión que podría acarrear el cambio del procedimiento incorporado por la reforma. Próximo a cumplirse los dos años originalmente previstos, se advierte la necesidad de ampliar el plazo de transición, introduciendo además un párrafo que permita reducir ese tiempo, a condición de que dichos juzgados puedan ir instalándose en el nuevo edificio del Poder Judicial, situación en la que podrán disponer de los espacios y demás elementos necesarios para el ejercicio pleno de sus competencias.
II.- 1- El Proyecto de Ley –enviado por el Ejecutivo- sobre Verificación de Normas Eléctricas, señala en sus fundamentos que el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines propone la instrumentación de normas que permitan promover acciones para la seguridad pública en instalaciones eléctricas. Asimismo, señalan que las causas principales de peligrosidad de dichas instalaciones residen en: la utilización de componentes eléctricos que no cumplen las normas de realización del producto, del proyecto y su ejecución; la existencia de inspecciones deficientes o ausentes; mantenimientos inapropiadas o inexistentes; uso inadecuado de las instalaciones y la exigua capacitación. Los fundamentos también expresan que es un derecho constitucional la protección de la seguridad y salud de los usuarios y consumidores, en la relación de bienes y servicios. La elección y puesta en vigencia de una norma técnica de amplia difusión y adhesión a nivel nacional, como son las reglamentaciones de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) para la ejecución y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, y la utilización de componentes eléctricos certificados por laboratorios autorizados, trae como consecuencia condiciones adecuadas de seguridad en las instalaciones eléctricas. Dicha norma resulta de aplicación en todo el territorio nacional, en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley Nacional Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y en sus Decretos Reglamentarios Nº 351/79 (Capitulo 14 y Anexo VI) y el Nº 911/1996.
2- El Proyecto de Ley –enviado por el Ejecutivo- de Verificación de Normas de Seguridad en Edificios e Instalaciones de Uso Público, tiene como antecedente a la Ley Nº 19.587, sus reglamentaciones y modificaciones, vigente en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo que es de aplicación al ámbito laboral, pero que sus criterios se plasman en especificaciones técnicas que mejoran las condiciones de seguridad de las construcciones e instalaciones y, por ende, de las personas que hacen uso de ellas. Las universidades de nuestra provincia (UNSa y UCS) están formando y capacitando profesionales para que actúen en todas las etapas mencionadas, pudiendo, en conjunto con entidades no gubernamentales, como el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines, y con los Poderes Ejecutivos Provincial y Municipal, diseñar estrategias activas de difusión de las normativas. El control del cumplimiento de estas leyes en los aspectos relativos a la seguridad pública debe recaer en organismos competentes que realicen estos controles. Asimismo, es imprescindible el control del ejercicio profesional de quienes participan en los proyectos de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 4591 y sus reglamentaciones. Este proyecto es impulsado por el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines, respecto del cual la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia emitió una opinión favorable.
3- Proyecto de Ley para que la Provincia de Salta se adhiera a la Ley Nacional Nº 25.255 por la que se aprueba el Convenio para la prohibición del trabajo Infantil y la acción inmediata para su eliminación; establece la adhesión a una norma nacional dándole plena operatividad a la misma en el marco provincial. El 1º de junio de 1999 la Conferencia General de la OIT adoptó el Convenio Nº 182 de la OIT, en el cual quedan determinadas las peores formas de trabajo infantil. Nuestro país aprobó dicho convenio mediante la Ley Nº 25.255, promulgada por el Decreto Nº 609/00. La ratificación (sin reserva) se instrumentó el 6 de febrero de 2001 y entró en vigor el 6 de febrero de 2002. Este Convenio considera como peores formas de trabajo infantil a: 1- Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo y el trabajo forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados; 2- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas; 3- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes; 4- El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños. Las 3 primeras formas de trabajo mencionadas se encuentran, en nuestro país, encuadradas como figuras delictivas con lo cual ya se encuentran prohibidas. Sin embargo, el inciso 4 resulta difícil detectar un trabajo realizado por un niño o niña que no implique algunos de los estados mencionados en el mismo, por lo que debemos entender que todas las formas de trabajo infantil constituyen una "peor forma". La adhesión de nuestra provincia a este Convenio implicará que se determinen las “peores formas” de trabajo infantil que no se encuentren ya determinadas como prohibidas por la legislación nacional y provincial.
4- Proyecto de Ley para transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de La Caldera un inmueble del barrio Jardín de dicha localidad; este inmueble tendrá como destino funcionar como campo recreativo para toda la comunidad; niños, adolescentes y mayores se beneficiarán con este espacio verde donde realizarán distintas actividades físicas como caminatas, partidos de fútbol, voley, juegos de lotería, bingos, lectura y otras actividades.
5- El Proyecto de Ley para crear el Programa Provincial de Educación Alimentaria y Nutricional propone la implementación en la Provincia de Salta de dicho programa con carácter de universalidad, el mismo se enmarca dentro del Plan Alimentario Infantil – Plan de Políticas Públicas “Compromiso Social” 2005/ 2010. Desde el punto de vista nutricional una alimentación insuficiente o de mala calidad para el desarrollo de una vida normal e inadecuada afecta, no sólo a quienes viven en condiciones de extrema pobreza sino también a estratos más amplios y grupos que residen en determinadas zonas o regiones en cada país. La creación de un Programa Provincial de Educación Alimentaría y Nutricional es una iniciativa para crear conciencia sobre las múltiples consecuencias que derivan de la malnutrición y las numerosas patologías que resultan de la misma, así también coordinar y planificar acciones tendientes a la promoción de hábitos alimentarios saludables para prevenir enfermedades y contribuir a mejorar la calidad de vida de la población. La Provincia de Salta viene realizando acciones en materia de Educación Alimentaria y Nutricional dada la experiencia llevada acabo desde hace 5 años que ha merecido calificaciones positivas por parte del Comité Científico del 1er Congreso Internacional de Alimentación y Sociedad” realizado en Neuquén, obteniendo una Mención Especial en la Categoría “Seguridad Alimentaria” (abril 2005); por las “Unidades Productivas de Autoconsumo – UPAC”, que abarca en la actualidad (diciembre 2006) a 9.535 grupos familiares en toda la provincia. Así también, ha sido reconocida por representantes de la Secretaria de Agricultura y Alimentación de los Estados Unidos “Programas entre los Mejores del Mundo” y miembros del Senado de la República de Francia.
6- El Proyecto de Ley para crear la Cámara del Crimen en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, ennumera en sus fundamentos que los delitos graves que se cometen en el Departamento San Martín y Departamento Rivadavia banda norte son juzgados en extraña jurisdicción, en la Cámara del Crimen de Orán, ningún delito grave fue juzgado en nuestra circunscripción territorial. La Cámara del Crimen de Orán se creó hace 25 años y desde entonces, la primera etapa del proceso o instrucción se realiza en Tartagal, pero el juicio propiamente dicho se hace en Orán adonde debe trasladarse el procesado – detenido o no- sus familiares, testigos, peritos, etc. Más del 50% de las causas que se juzgan en Orán pertenecen al distrito judicial del Norte, Circunscripción Tartagal. Justificando el funcionamiento de la Cámara del Crimen en esta ciudad. En Orán se fijan fechas de audiencias para más de un año adelante. Las personas que deben trasladarse a Orán muchas veces ni conocen la ciudad o el edificio de Tribunales siéndole todo extraño piénsese en los niños, en las personas de escasos recursos, los que provienen de paraje alejados, aborígenes, personas con limitaciones físicas o psíquicas. La Cámara en Tartagal cumpliría una función verdaderamente educadora. La crisis socio-económica que atravesó la circunscripción hace necesario reforzar las instituciones republicanas.
7- El Proyecto de Ley para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble de Tartagal, departamento San Martín, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes; pretende regularizar la situación dominial de muchas familias que ocupan y viven en una fracción de la Finca “Yariguarendá” del dpto. San Martín. Debido a la cercanía con el núcleo urbano de la ciudad de Tartagal, y siendo este el lugar natural de expansión de la zona urbana, es que durante el ultimo tiempo surgieron una series de emplazamientos que configuran verdaderos barrios, integrados en su mayoría por familias aborígenes de distintas etnia y comunidades criollas (Barrios El Milagro -comunidad indígena-; Comunidad San Roque; Comunidad San Roquito; Santuario San Roquito; Centro Cultural Étnico y Turístico; Apoyo del Pueblo Guaraní Asociación Indígena San Francisco Solano; La Loma; Comunidad 9 de Julio; Etnia Guaraní; Cofradía San Roquito – paraje cuña muerta-; Comunidad Yariguarendá; Comunidad La Loma; Barrios Belgrano, San Francisco Solano, El Milagrito. La escasez de recursos económicos de los eventuales beneficiarios, la naturaleza social del problema y la situación de emergencia que es de publico conocimiento, hace indispensable la participación del Estado provincial en la solución de esta situación que afecta a tantas familias de salteños, ya que la regularización dominial de los actuales ocupantes permitirá el acceso a lo que es un derecho Constitucional de todos los salteños, como lo es el derecho a la vivienda propia y a condiciones de vida digna.

Viernes 20 de julio de 2007
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