viernes, agosto 04, 2006

Labor Parlamentaria

Los presidentes de los Bloques Políticos remiten al presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos para la Sesión Ordinaria del martes 8 de agosto con el siguiente orden:

Proyectos de Declaración y/ o Resolución.

1- Mensaje y Proyecto de Ley del PEP: Crear el Registro Provincial de Establecimientos Expendedores de Bebidas Alcohólicas. El proyecto se analiza en las Comisiones de Legislación General; Hacienda y Presupuesto y Producción. Ingresó en el cupo del Bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-16.788/06.

2- Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Educación, solicite al Gobierno Nacional la ampliación del período para la reflexión, consulta y elaboración de propuestas para la realización de la nueva Ley Nacional de Educación. Se analiza en la Comisión de Educación. La autora del proyecto es la diputada Fanny Velarde del Bloque del Partido Renovador de Salta. Expte. Nº: 91-16.908/06.

3- Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Crear el Registro Unico de Guías de Turismo de la provincia de Salta. Este proyecto se estudia en las Comisiones de Turismo; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Ingresó en el cupo del Bloque Justicialista. Exptes. Nº: 91-14.969/05 (Autor: Pablo Kosiner -BJ) y 91-15.590/05 (Autor: Julio De Vita –BRF) acumulados.

4- Proyecto de Ley -en revisión: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 1.384, Sección 6ª, Manzana 72, Parcela Única del departamento Orán, con destino al emplazamiento de un pozo de bombeo y obras complementarias en el barrio Osvaldo Pos, de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán. Se estudia en las Comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Ingresó en el cupo del Bloque Justicialista. Expte. Nº: 90-16.587/06.

5- Proyecto de Ley -en revisión (origen PEP): Protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta. El proyecto se analiza en las Comisiones de Obras Públicas; Cultura; Hacienda y Presupuesto y Legislación General. Ingresó en el cupo del Bloque Justicialista. Expte. Nº: 90-16.207/05.

6- Proyectos de Declaración: Referentes al actual conflicto de Medio Oriente. Se estudian en la Comisión de Derechos Humanos. Exptes. Nº: 91-16.889/06 (Autor: Nora Giménez -PJ); 91-16.876/06 (Autor: Claudio Del Plá -PO) y 91-16.901/06 (Autor: José Vilariño -FPV).

7- Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial gestione, ante la Empresa distribuidora de gas natural domiciliario, la ampliación de la capacidad de transporte del gasoducto que va desde el paraje La Lagunilla al Huayco, en el sector norte de la ciudad de Salta. El proyecto se analiza en la Comisión de Obras Públicas. El autor es el diputado José Vilariño del Bloque Frente para la Victoria. Expte. Nº: 91-16.900/06.

BREVES FUNDAMENTOS:

1. El Proyecto de Ley del PEP para crear el Registro Provincial de Establecimientos Expendedores de Bebidas Alcohólicas, estipula que deberán estar inscriptos todos los establecimientos o locales que exhiban, comercialicen y suministren bebidas alcohólicas para su consumo dentro o fuera del local; con la excepción de establecimientos o locales de actividad comercial como bares, restaurantes, confiterías, pubs, boliches bailables para adultos y similares que se encuentren autorizados y habilitados para expender bebidas alcohólicas al copeo. Asimismo, se preveen sanciones a quienes incumplan la normativa que van desde el pago de multa, clausura y decomiso de la mercadería. El proyecto busca desalentar el expendio de bebidas alcohólicas y restringir el universo actual de bocas de expendio de alcohol en toda la provincia. Aunque existen, a nivel municipal, ordenanzas que establecieron límites horarios a la venta de bebidas alcohólicas, las mismas se han mostrado insuficientes y es necesario el dictado de una normativa que complemente la ya existente para dar eficacia a las acciones. Asimismo, resulta indispensable completar adecuadamente el marco normativo preventivo y sancionador sobre la restricción del horario de funcionamiento de los establecimientos que desarrollen actividades comerciales destinadas al expendio de este tipo de bebidas. Con las medidas legislativas propuestas, la venta y el consumo de alcohol quedarán expresamente reguladas y controladas por el Estado y, fundamentalmente, existirá el control social que cada uno de los ámbitos pueda generar, buscando así el compromiso de la comunidad con los objetivos previstos en esta Ley. Si bien las normas jurídicas no pueden por sí mismas crear cambios de conducta o hábitos si la sociedad no esta dispuesta a cambiar, el Estado debe adoptar todas las previsiones normativas y de acción ante la situación de gravedad que constituye el alto consumo de alcohol por parte de jóvenes y menores de edad.

2. El Proyecto de Declaración para que se solicite al Gobierno Nacional la ampliación del período para la reflexión, consulta y elaboración de propuestas a la nueva Ley Nacional de Educación; indica en sus fundamentos que no se tomó conciencia de la importancia y trascendencia de la misma pues implica diseñar un nuevo modelo de país para el futuro. Asimismo, señala que al tomar conocimiento del procedimiento para lograr su elaboración, al analizar el calendario fijado desde la Nación de que en tres meses se elaboraría el Proyecto de Ley, se concluye en que es algo totalmente imposible si se considera la extensión territorial de nuestro país, su diversidad regional y la heterogeneidad de su población. El día 6 de julio llegó a Salta un documento para el debate de la nueva Ley Nacional de Educación, enviado por el Gobierno Nacional, que sólo apareció como noticia en los medios de comunicación. Los docentes lo recibieron ese día y a los dos días siguientes se realizaron en las escuelas jornadas de reflexión. Algunas escuelas enviaron encuestas a los padres, pero sin mensajes y en consecuencia muchos padres no la leyeron ni la contestaron. Es decir que esa instancia, tan importante, de sensibilización y concientizacion para lograr una participación efectiva de los distintos sectores en la elaboración de la Ley no se cumplió. Lo más preocupante son los comentarios de los docentes después de la jornada de reflexión: “La Ley ya esta redactada esto es para hacernos creer que participamos; los ejes del debate y líneas de acción, es más de lo mismo; las preguntas incluidas son obvias hace años que la gente dice lo mismo”, dijeron. De lo que no habla el documento es del presupuesto para la educación, porque existe la Ley de Financiamiento Educativo que tiene un tiempo, pero luego pasará. El calendario propuesto es una utopía y el proceso iniciado sólo una manera de engañar al país. Tampoco se trabaja con la universidad. La diversidad geográfica y poblacional, la situación critica de nuestro país y el incierto futuro de nuestros niños, adolescentes y jóvenes, amerita un cronograma mas amplio que permita elaborar una Ley de Educación para Argentina y para todos los argentinos.

3. El Proyecto de Ley para crear el Registro Unico de Guías de Turismo de la provincia, tiene como objeto regular la actividad del Guía de Turismo en Salta debido a que el crecimiento de la actividad turística en nuestra provincia, requiere de la modernización de las normativas que la protejan. Dentro del turismo, los guías resultan uno de los principales referentes del patrimonio cultural, histórico y arquitectónico frente a los visitantes que buscan conocer e indagar. La solvencia y preparación de los mismos debe estar garantizada a efectos de no frustrar ni defraudar las expectativas de quién ha decidido optar por Salta en su destino turístico. Con esta Ley se determina el órgano de aplicación, los requisitos, las condiciones en el ejercicio de la misma, la solvencia, derechos y obligaciones. También, determina la relación de las empresas de servicios turísticos con los guías y las consecuencias sobre las infracciones a esta normativa. Todo esto promoverá la puesta en valor, el desarrollo de atractivos y recursos capaces de contribuir a la consolidación de esta importante actividad que conlleva un ingreso importante de divisas a nuestra provincia.

5- El Proyecto de Ley del PEP para la protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de Salta; constituye el marco legal para la preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la provincia (PAUPS). Se considera por tal al conjunto de bienes inmuebles ubicados en la provincia que fueren declarados de interés arquitectónico y/ o urbanístico, que en sus aspectos tangibles o intangibles, materiales o simbólicos, por su significación intrínseca y/ o convencionalmente atribuida, definen la identidad y la memoria colectiva de sus habitantes. Los bienes que integran el PAUPS, son de carácter histórico, etnográfico, artístico, arquitectónico, urbanístico o paisajístico. La autoridad de aplicación será la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la provincia de Salta, bajo la dependencia de la Secretaría de Cultura de Salta. Esta Comisión estará conformada por un Directorio de tres miembros que serán seleccionados, designados y podrán ser removidos por el PEP. Asimismo, podrá gestionar ante la Legislatura Provincial beneficios de carácter tributario para aquellos inmuebles que conforman el PAUPS. Por otra parte, se crea el Sistema de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta y el Registro del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la provincia de Salta, que contendrá el registro e inventario de los bienes objeto de esta Ley; ambos dependerán de la Comisión.


Viernes 4 de agosto de 2006

www.camdipsalta.gov.ar

http://prensadiputados.blogspot.com