Ley de Ministerios
Ingresó a la Cámara de Diputados
el proyecto de Ley de Ministerios
Esta mañana a las 10, 50 hs. ingresó a esta Cámara con el número de expediente 91-19.579/07 el proyecto de Ley de Ministerios remitido por el Poder Ejecutivo Provincial en relación al Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretaría General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado; y la derogación de Ley Nº 7.190 que fue sancionada en el mes de mayo de 2002.
El proyecto consta de seis (6) Títulos y treinta y ocho (38) artículos en los que se detallan las funciones del Gobernador, Vicegobernador, las incompatibilidades y prohibiciones durante el desempeño en sus cargos. También se especifica el número de ministerios que se incrementan de cinco (5) a diez (10) y el número de secretarías de estado de veinticinco (25) a treinta y cinco (35), con una redistribución general de las funciones.
La normativa estipula las disposiciones comunes a todos los ministerios que se crean y las competencias de los diez (10) Ministros que son de Gobierno, de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, de Desarrollo Humano, de Desarrollo Económico, de Ambiente y Desarrollo Sustentable, de Educación, de Turismo, de Salud Pública, de Trabajo y Previsión Social y de Finanzas y Obras Públicas. Asimismo, detalla la competencia del Secretario General de la Gobernación y otras disposiciones.
En la nota de elevación del proyecto a esta Cámara el Dr. Juan Carlos Romero expresa que en el marco de la transición en la que se encuentra el Gobierno de la Provincia, el Gobernador electo, Dr. Juan Manuel Urtubey, ha propuesto el proyecto solicitando sea presentado para su tratamiento ante las Cámaras Legislativas. Ante este requerimiento el Gobernador formalizó la presentación “sin incorporarle adecuaciones ni modificaciones de ninguna naturaleza, en el entendimiento que corresponde favorecer la organización de las estructuras de gestión política y administrativa del futuro gobierno, para que sea esta transición un ejemplo de correcta institucionalidad democrática y de ordenado traspaso del mando gubernativo”.
Miércoles 28 de noviembre de 2007
www.camdipsalta.gov.ar
http://prensadiputados.blogspot.com
Esta mañana a las 10, 50 hs. ingresó a esta Cámara con el número de expediente 91-19.579/07 el proyecto de Ley de Ministerios remitido por el Poder Ejecutivo Provincial en relación al Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretaría General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado; y la derogación de Ley Nº 7.190 que fue sancionada en el mes de mayo de 2002.
El proyecto consta de seis (6) Títulos y treinta y ocho (38) artículos en los que se detallan las funciones del Gobernador, Vicegobernador, las incompatibilidades y prohibiciones durante el desempeño en sus cargos. También se especifica el número de ministerios que se incrementan de cinco (5) a diez (10) y el número de secretarías de estado de veinticinco (25) a treinta y cinco (35), con una redistribución general de las funciones.
La normativa estipula las disposiciones comunes a todos los ministerios que se crean y las competencias de los diez (10) Ministros que son de Gobierno, de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, de Desarrollo Humano, de Desarrollo Económico, de Ambiente y Desarrollo Sustentable, de Educación, de Turismo, de Salud Pública, de Trabajo y Previsión Social y de Finanzas y Obras Públicas. Asimismo, detalla la competencia del Secretario General de la Gobernación y otras disposiciones.
En la nota de elevación del proyecto a esta Cámara el Dr. Juan Carlos Romero expresa que en el marco de la transición en la que se encuentra el Gobierno de la Provincia, el Gobernador electo, Dr. Juan Manuel Urtubey, ha propuesto el proyecto solicitando sea presentado para su tratamiento ante las Cámaras Legislativas. Ante este requerimiento el Gobernador formalizó la presentación “sin incorporarle adecuaciones ni modificaciones de ninguna naturaleza, en el entendimiento que corresponde favorecer la organización de las estructuras de gestión política y administrativa del futuro gobierno, para que sea esta transición un ejemplo de correcta institucionalidad democrática y de ordenado traspaso del mando gubernativo”.
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